Cuerpo Militar de Sanidad
Antes
de
la
llegada
de
la
Ley
17/1989,
cada
uno
de
los
Ejércitos,
disponía
de
su
particular
sanidad.
Es
a
partir
de
este
punto,
cuando
se
procede
a
la
integración
de
las
tres
sanidades
existentes
hasta
entonces,
en
un
sólo
Cuerpo Militar de Sanidad, común a todos los ejércitos y a la Guardia Civil.
El
Cuerpo
Militar
de
Sanidad,
dentro
del
seno
de
las
Fuerzas
Armadas,
tiene
como
cometidos
,
la
atención
a
la
salud
en
los
campos
logístico-
operativo,
asistencial
y
pericial
y
los
relacionados
con
la
psicología,
farmacia
y
veterinaria.
En
concreto,
los
militares
con
la
Especialidad
Fundamental
de
Enfermería
desarrollan
actividades
de
asistencia
facultativa,
dirección
de
las
unidades
hospitalarias
de
enfermería
y
la
gestión,
administración
y
supervisión
de
los
recursos
puestos
a
disposición
de
dichas
unidades,
colaboración
en
las
tareas
médicas
preventivas
y
periciales,
asistencia
a
las
bajas
sanitarias
de
conformidad
con
su
titulación
así
como
la
colaboración
en
protección
sanitaria
en
ambiente
nuclear, biológico y químico.
El Cuerpo Militar de Sanidad está constituido por dos escalas:
Escala
de
OFICIALES
:
Formada
por
las
Especialidades
Fundamentales
de
Medicina,
Farmacia,
Veterinaria,
Odontología y Psicología.
Escala
de
OFICIALES
ENFERMEROS
:
Formada
por
una
única
Especialidad
Fundamental
cuya
denominación es Enfermería.
Los
empleos
del
Cuerpo
Militar
de
Sanidad
son
los
de
teniente
a
general
de
división
en
la
escala
de
oficiales
y
de
teniente
a
teniente
coronel
en
la
escala
de
oficiales
enfermeros
.
Todos
ellos
con
las
denominaciones
del
empleo
correspondiente
seguidas
del
término
«médico»,
«farmacéutico»,
«veterinario»,
«odontólogo»,
«psicólogo» o «enfermero», según corresponda.