La
Real
y
Militar
Orden
de
San
Hermenegildo
,
fue
instituida
por
Real
Decreto
de
28
de
noviembre
de
1814.
A
través
de
su
dilatada
historia
se
ha
producido
un
proceso
de
adaptación
de
su
Reglamento
a
la
evolución social de las Fuerzas Armadas, conservando el espíritu que conforma la finalidad de la Orden.
A
través
del
ingreso
y
ascenso
a
las
categorías
que
la
integran,
tiene
por
finalidad
recompensar
y
distinguir
a
los
oficiales
generales,
oficiales
y
suboficiales
del
Ejército
de
Tierra,
de
la
Armada,
del
Ejército
del
Aire,
de
los
Cuerpos
Comunes
de
las
Fuerzas
Armadas
y
del
Cuerpo
de
la
Guardia
Civil,
por
su
constancia
e
intachable
conducta
en
el
servicio,
a
tenor
de
lo
que
establecen
las
Reales
Ordenanzas
para las Fuerzas Armadas.
La
Real
y
Militar
Orden
de
San
Hermenegildo
se
integra
por
Caballeros
y
Damas,
con
las
siguientes
categorías:
a) Gran Cruz.
b) Placa.
c) Encomienda.
d) Cruz.
Para ingresar o ascender, en la Real y Militar Orden de San Hermenegildo son requisitos indispensables:
a)
Ser
Oficial
General
,
Oficial
o
Suboficial
de
la
Escala
de
Suboficiales
del
Ejército
de
Tierra,
de
la
Armada, del Ejército del Aire y de los Cuerpos Comunes
de
las
Fuerzas
Armadas,
así
como
ser
Oficial
General
u
Oficial
de
la
Escala
Superior
de
Oficiales,
de
la
Escala
de
Oficiales,
de
las
Escalas
Facultativas
Superior
y
Técnica,
o
Suboficiales
de
la
Escala
de
Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
b) Tener cumplidos los tiempos de servicio que se indican en el artículo siguiente.
c)
Haber
observado
una
conducta
intachable
a
tenor
de
lo
que
establecen
las
Reales
Ordenanzas
de
las
Fuerzas Armadas.
d)
No
tener,
en
la
fecha
de
solicitud,
delitos
o
faltas
y
las
penas
o
sanciones
correspondientes,
sin
cancelar en su documentación personal.
Cruz
Podrán
ingresar
en
la
Real
y
Militar
Orden
de
San
Hermenegildo,
como
Caballeros
o
Damas
Cruz
,
los
Oficiales Generales, Oficiales y Suboficiales que lleven
veinte años de servicio
.
Encomienda
La
categoría
de
Caballero
o
Dama
Comendador
podrá
obtenerse,
por
ascenso
del
Caballero
o
Dama
Cruz, cuando se cuenten
cinco años
de servicios ostentando esta categoría.
Placa
La
categoría
de
Caballero
o
Dama
Placa
podrá
obtenerse,
por
ascenso
del
Caballero
o
Dama
Comendador, cuando se cuenten
cinco años
de servicio ostentando esta categoría.
Gran Cruz
La
categoría
de
Caballero
o
Dama
Gran
Cruz
podrá
obtenerse,
por
ascenso
del
Caballero
o
Dama
Placa,
cuando
se
cuenten,
al
menos,
tres
años
de
servicio
ostentando
esta
categoría
y
poseer
el
empleo
de
Oficial General
.